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Presentan reformas para castigar a quienes dañen medio ambiente

Proponen conmutar sanciones por trabajo comunitario

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El Diputado local Francisco Treviño Cabello, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal, que propone castigar a aquellas personas que dañen el medio ambiente.

El legislador panista que acudió a la Oficialía de Partes del Congreso local, explicó que dicha iniciativa se trata de una reforma por adición al artículo 444 del título Vigésimo Quinto del Código Penal de Nuevo León, en el que se enumeran los delitos contra el medio ambiente y se busca sancionar los delitos contra la gestión ambiental y que las penas aplicadas pueden ser conmutadas con trabajo comunitario.

“La pena varía dependiendo el delito, dándole la oportunidad para que conmute la sanción por el trabajo comunitario, en los delitos que no son tan graves”, explicó el legislador albiazul.

“En cuestión penal no hay nada en el Estado y estamos dando un paso en protección de medio ambiente, ya que 18 Estados tienen estas penalizaciones aunque con sus variantes”, añadió.

Indicó que en el Ministerio Público del Estado, cualquier ciudadano puede presentar una denuncia que se persigue por oficio y la Procuraduría tiene la obligación de investigar, mientras que en el caso de los delitos contra la gestión, es por querella y es la autoridad ambiental del Estado, que es la Secretaría de Desarrollo Sustentable, quien se encargará de deslindar de responsabilidades a quienes resulten responsables de los daños.

Dijo que la idea de enumerar penalizaciones, es para cubrir los huecos en la ley y resolver el delito estatal antes de que caiga en un delito federal.

Dentro de la iniciativa, se enumeran, entre otros, los delitos ambientales como la fabricación, elaboración, transportación, distribución, comercialización, almacenaje, posesión, uso, reúso, reciclaje, recolección, trata, deseche, descargue, disponga o realice actos con materiales o residuos que ocasionen o puedan ocasionar daños a la salud pública, la flora, la fauna o los ecosistemas del Estado, sin la autorización de la autoridad estatal competente o contraviniendo los términos en que aquella se haya concedido.

Las penas por cárcel, que pueden conmutarse por trabajo comunitario, van de seis años a diez años de prisión y de diez a 200 días de multa.

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