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Solamente podrán casarse quienes hayan cumplido 18 años de edad

Por Ilse Casas

Reforman CC; buscan proteger seguridad e integridad de menores

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El Congreso del Estado aprobó reformar el Código Civil para el Estado de Nuevo León, a fin de que la edad mínima para el matrimonio en hombres y mujeres, sea a partir de los 18 años.

Durante una maratónica Sesión Ordinaria de seis horas, los Diputados dieron por aprobada una larga lista de expedientes que estaban en la “congeladora”, entre ellos, la propuesta del legislador petista, Guadalupe Rodríguez Martínez, para reformar el Código Civil para el Estado, en búsqueda de la protección de la seguridad e integridad de los menores de edad.

La propuesta, que fue avalada casi un año después de su presentación por el Pleno del Congreso, reforma el artículo 148 de ese Código, con el que se establece que tanto el hombre, como la mujer deben tener 18 años cumplidos para acceder a este contrato, mientras que, si la persona es menor de edad, serán los jueces quienes podrán decidir si se acepta la firma del documento nupcial.

“Para contraer matrimonio, el hombre y la mujer necesitan haber cumplido dieciocho años, los jueces competentes podrán conceder dispensas de edad por causas justificadas”, dicta el decreto.

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En el caso de los menores de edad que deben contraer matrimonio, podrán hacerlo siempre y cuando hayan concluido su educación secundaria y se les someta a una previa evaluación de personalidad, además de que sólo será autorizado en circunstancias especiales.

De acuerdo con el dictamen, “el matrimonio infantil pone en riesgo la salud e incrementa la posibilidad de las niñas y adolescentes de estar expuestas a violencia y abusos, así como embarazos tempranos y no deseados que ponen en riesgo su vida, además de considerar que representa una violación (…) y que obliga especialmente a las niñas, a asumir responsabilidades, de las cuales a menudo no son física, ni psicológicamente aptas”.

En su propuesta, el documento también establece que no se debería autorizar el matrimonio entre un menor de edad y una persona diez años mayor que él, aunque esta última no fue aprobada por el Pleno.

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