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Aprueba Congreso Ley de Víctimas

Destacan derecho a la verdad, justicia y reparación integral

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Diputados locales aprobaron por unanimidad la expedición de la Ley de Víctimas para el Estado de Nuevo León, que en la práctica se armoniza con la legislación federal, avalada en enero de este año.

Con el objeto de proporcionar medidas jurídicas, administrativas, sociales y económicas en beneficio de los afectados, la nueva legislación le da cabida a tres valores fundamentales: el derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación integral.

“La Ley tiene por objeto reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial, el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia y reparación integral”, leyó el Diputado panista Juan Carlos Ruiz García, durante la presentación del dictamen.

El documento, que cuenta con 114 artículos permanentes y 13 transitorios, obliga al Estado a impulsar la creación de las instituciones públicas y privadas, que presten atención a las víctimas, además de la creación de centros de resguardo para los afectados, de acuerdo con el modelo de atención diseñado por el Sistema Nacional de Atención a Víctimas; y la implementación de programas reducativos integrales de los imputados.

Con la expedición de esta ley, el Estado también se ve obligado a reparar el daño de la víctima de manera integral, a través de una compensación; la creación de un Registro Estatal de Víctimas y de un Sistema Estatal de Atención a Víctimas, que será integrado por 16 autoridades y representantes ciudadanos.

Este sistema establecerá mecanismos de coordinación para la asistencia y protección de las personas afectadas.

Además de esto, se aprueba la creación de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, encargada de indicar el monto del pago, de una compensación en forma subsidiaria, que provendría de un fondo económico.

De igual manera, su titular será designado por el Congreso local, tras una propuesta del Ejecutivo del Estado y no sin haber sido publicada antes una convocatoria pública; y ostentará el cargo durante cuatro años.

La Ley establece, que cuando en contra de su voluntad, se le haya practicado a la víctima cualquier tipo de exploración física o acto de intimidación, negativa de servicio, cobro por el mismo, en especie o efectivo, los servidores públicos estatales y municipales que resulten responsables, habrán de pagar una multa de 500 a mil días de salario mínimo.

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