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Presenta AMANL Reglamento de Tránsito homologado

Redacción-Equidad

Argumentan mejoría en vialidad; suben infracciones hasta en un 400%

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Bajo el argumento de establecer un orden en las vialidades de Monterrey y su área metropolitana, la Asociación Metropolitana de Alcaldes de Nuevo León (AMANL), realizó la presentación del Reglamento de Tránsito homologado, donde se fijan diversas disposiciones que habrán de entrar en vigor en su totalidad en un lapso de 150 días a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

En la presentación del documento, a la cual asistieron los 11 Alcaldes del área metropolitana, se señaló que el objetivo de esta normatividad era mejorar las condiciones de vialidad y movilidad en los Ayuntamientos que dieron su aval para que se llevara a cabo esta homologación.

Dentro del reglamento se establecen una serie de cambios relacionados con la regularización de la circulación del transporte pesado, del uso de dispositivos tecnológicos, la creación de un observatorio ciudadano, las velocidades permitidas en determinadas zonas, así como el incremento hasta en un 400 por ciento de algunas infracciones contempladas en esta norma.

Oscar Cantú García, Alcalde de Apodaca y actualmente Secretario Técnico de la AMANL, expresó que el Reglamento de Tránsito consta de 194 artículos, 17 capítulos y anexos, los cuales varían de acuerdo con cada municipio.

En su mensaje, el Edil dijo que los cambios y la pretendida homologación del reglamento, pretenden generare una mayor movilidad en el área metropolitana.

Agregó que la intención es ordenar y mejorar la cultura vial de los ciudadanos, así como prevenir los accidentes.

Este reglamento, dijo, entrará en vigor en un 100 por ciento, en un término de 150 días, después de ser publicado en el Periódico Oficial del Estado.

Cantú García sostuvo que se contempla en cierto periodo la aplicación de un 50 por ciento de descuento en las multas que se impongan con el nuevo reglamento, pero teniendo algunas excepciones.

“Son 60 días de la entrada en vigor, luego son otros 60 días para la promoción y difusión de las nuevas medidas y 30 días más para la aplicación de multas con el 50% de descuento en lo que se adaptan tanto los conductores como los empresarios en la aplicación de este nuevo reglamento”, apuntó.

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Dentro del reglamento que se está homologando, se contemplan 20 infracciones de las consideradas como graves, entre las que destacan cinco conductas que alcanzan una sanción económica de hasta 14 mil seiscientos ocho pesos, mismas que son:

1.- Negarse a practicar un examen médico.

2.- Conducir en estado de ebriedad completo o incompleto o bajo el influjo de algún tipo de droga.

3.- Huir del lugar del accidente.

4.- Llevar en el área de pasajeros una botella, lata o envase que contenga una bebida alcohólica que ha sido abierta o tenga los sellos rotos, o el contenido esté parcialmente consumido.

5.- No mover el vehículo en un hecho de tránsito, cuando el oficial de tránsito así lo indique.

 

A continuación los temas relevantes del Reglamento de Tránsito Homologado:

 

TRANSPORTE DE CARGA PESADA

 

Se disminuyó la capacidad de carga mayor de 5 toneladas a 3.5 toneladas de peso.

 

En cuanto a la longitud, ésta se encontraba en 7 metros y actualmente fue disminuida a 6.5 metros.

 

La prohibición estricta de la circulación de vehículos de transporte de carga pesada con tractor doblemente articulado.

 

Existen vialidades limitadas en las cuales podrán circular en el horario comprendido de entre las 22:00 a las 06:00 horas del día siguiente.

 

Existen vialidades restringidas en las cuales no se permitirá la circulación en ningún horario.

 

Existen vialidades libres en las cuales los municipios dejan la libre circulación.

 

OBSERVATORIO CIUDADANO

 

Municipio contará con un observatorio ciudadano conformado por representantes de la sociedad civil y de organismos académicos, cuya función será coadyuvar en la vigilancia del presente Reglamento.

 

Este observatorio será un centro de reflexión, producción de datos, información y conocimiento orientado a apoyar en la toma de decisiones, acciones y políticas sobre seguridad vial, comportamiento ciudadano y movilidad urbana en los distintos municipios.

 

DISPOSITIVOS TECNOLÓGICOS

 

Se establece potestativamente que los policías de tránsito cuenten con dispositivos electrónicos que les permitan no sólo imponer la multa, sino que el conductor que cometió una infracción la pague en ese momento.

 

El infractor tendrá un plazo de 30 días para realizar su pago, al igual que en las boletas emitidas de forma tradicional.

 

Al realizar el pago de la infracción de manera inmediata, se tendrá derecho a un descuento de un 50% del monto de la misma, con algunas excepciones.

 

FOTO MULTA

 

Las foto multas consisten en la detección de infracciones a través de cámaras que recopilan videos, fotografías y datos.

 

Las cámaras captan la infracción y con esas evidencias se elabora una boleta de infracción, que es verificada y firmada por la autoridad vial competente y que posteriormente, es enviada junto con las evidencias fotográficas al domicilio del propietario quedando éste notificado.

 

Las boletas de infracción captadas a través de dispositivos tecnológicos deberán contener para su validez, como mínimo:

 

1. Fundamentación y motivación de la infracción;

 

2. Nombre y Clave del dispositivo que captó la infracción;

 

3. Fotografía o registro con el que se demuestre la conducta infractora; y,

 

4. Nombre y firma electrónica o digitalizada de la autoridad vial.

 

RETENCIÓN INFANTIL

 

Los sistemas de retención infantil, en cada una de sus diferentes modalidades, son la mejor protección que puede llevar un pequeño cuando circulan a bordo de un vehículo.

 

Se ordena que los menores de 7 años deben sentarse en aparatos de retención infantil, los cuales varían de acuerdo a la edad y peso del menor, se establece plazo para el cumplimiento y se incluye un anexo donde se mencionan.

 

VELOCIDADES PERMITIDAS

 

Zona escolar: 30 kilómetros por hora, dichos horarios serán de 7:00 a 9:30, de 11:30 a 14:30 y 16:30 a 18:30 horas, en días hábiles escolares.

 

Frente a hospitales, parques infantiles y lugares de recreo, y ante concentraciones de peatones: 30 kilómetros por hora.

 

Transporte escolar: 30 kilómetros por hora. (SE DISMINUYÓ DE 50 k/h A 30 k/h)

 

Carga pesada: 50 kilómetros por hora.

 

Zona Urbana: 50 kilómetros por hora.

 

 

PEATONES Y CICLISTAS

 

Las obligaciones y prohibiciones para los peatones y ciclistas que anteriormente no se preveían con la finalidad de que se respeten las normas y se les tome en cuenta.

 

PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO

 

Durante el proceso conciliatorio, derivado de hechos de tránsito donde sólo se hayan causado daños materiales, se citará a las partes involucradas en un máximo de dos ocasiones, a fin de que tenga verificativo la audiencia de conciliación; de no celebrarse dicha audiencia por la incomparecencia de una de las partes, se suspenderá el procedimiento conciliatorio, y los interesados podrán acudir ante la autoridad competente a ejercitar la acción legal que corresponda.

 

TRANSITORIOS

 

Entrada en vigor: 60 días siguientes al de su publicación.

 

Uso obligatorio de los aparatos de retención infantil: 60 días naturales a la entrada en vigor.

 

Gradualidad:

 

De Difusión Vial y de Promoción de Rutas: Esta etapa tendrá una duración de 90 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento

 

Preventiva e Informativa: que advierte la aplicación de amonestaciones a conductores infractores por un período de 60 días naturales contados a partir de la conclusión de la campaña de difusión vial y de promoción de rutas;

 

Correctiva: una vez concluida la etapa Preventiva e Informativa y por espacio de 30 días naturales, la aplicación de la multa tendrá un descuento único del 50% si ésta es pagada durante los 15 días naturales siguientes a la aplicación de dicha multa.

 

INFRACCIONES

 

228 infracciones homologadas.

 

Un total de 20 son INFRACCIONES GRAVES, las cuales deberán pagarse integras sin descuento alguno. Se consideran infracciones graves las siguientes:

 

I.- Circular a exceso de velocidad en zona escolar; Infracción No. 10, de 20 a 30 cuotas = $1,460.80 a $2,191.20.

 

2.- Circular a exceso de velocidad en zona urbana; Infracción No. 11, de 12 a 15 cuotas = $876.48 a $1,095.60.

 

3.- Negarse a examen médico; Infracción No. 136, de 50  a 200  cuotas = $3,652.00 a $14,608.00.

 

4.- Conducir en estado de ebriedad completo, estado de ebriedad incompleto o bajo el influjo de drogas o estupefacientes; Infracción No. 73, de 50  a 200  cuotas = $3,652.00 a $14,608.00.

 

5.- Negarse a dar datos y/o a entregar la licencia de conducir y tarjeta de circulación al personal de tránsito; Infracción No. 135, de 10 a 15 cuotas = $730.40 a $1,095.60.

 

6.- Proporcionar datos falsos al personal de tránsito; Infracción No. 191, de 20 a 30 cuotas = $1,460.80 a $2,191.20.

 

7.- Huir en caso de hecho de tránsito; Infracción No. 123, de 50  a 200  cuotas = $3,652.00 a $14,608.00.

 

8.- Infracciones cuya violación cause daños a terceros;

 

9.- Insultar, amenazar o agredir al personal de tránsito; Infracción No. 130, de 50  a 100  cuotas = $3,652.00 a $7,304.00.

 

10.- Circular con placas que no correspondan al vehículo; Infracción No. 28, de 50  a 100  cuotas = $3,652.00 a $7,304.00.

 

11.- Estacionarse en lugares exclusivos o rampas para personas con discapacidad, frente a hidrantes; Infracción No. 104, de 30 a 50  cuotas = $2,191.20 a $3,652.00.

 

12.- Transportar explosivos y material peligroso sin autorización; Infracción No. 219, de 30 a 50 cuotas = $2,191.20 a $3,652.00.

 

13.- Poseer, en el área de pasajeros de un vehículo, una botella, lata u otro envase que contenga una bebida alcohólica que ha sido abierta o tiene sellos rotos o el contenido parcialmente consumido; Infracción No. 187, de 50 a 200 cuotas = $3,652.00 a $14,608.00.

 

14.- Sujetar aparatos de comunicación, ya sea teléfonos celulares, radios o cualquier aparato electrónico u objeto derivado de las nuevas tecnologías de la información y comunicación; Infracción No. 206, de 20 a 30  cuotas = $1,460.80 a $2,191.20.

 

15.- Prestar servicio público con placas particulares; Infracción No. 189, de 20 a 30  cuotas = $1,460.80 a $2,191.20.

 

16.- No mover el vehículo en un hecho de tránsito, cuando el Policía de Tránsito así lo indique; Infracción No. 157, de 50 a 200  cuotas = $3,652.00 a $14,608.00.

 

17.- No utilizar el Sistema de Retención Infantil; Infracción No. 179, de 15 a 20 cuotas = $1,095.60 a $1,460.80.

 

18.- Circular por las vías restringidas sin permiso correspondiente, los transportes de carga; Infracción No. 47, de 30 a 50  cuotas = $2,191.20 a $3,652.00.

 

19.- Circular por las vías limitadas, fuera de horario, los transportes de carga; Infracción No. 48, de 30 a 50 cuotas = $2,191.20 a $3,652.00.

 

20.- Circular los vehículos de transporte de carga pesada con tractor doblemente articulado. Infracción No. 41, de 50 a 100  cuotas = $3,652.00 a $7,304.00.

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