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Privilegia CEE paridad horizontal y vertical en candidaturas

Por Redacción

Para Diputaciones no podrá haber más del 50% del mismo género

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El Consejo General de la Comisión Estatal Electoral privilegió la paridad horizontal y vertical en las designaciones de candidatos para integrar las planillas para Ayuntamientos, y en las fórmulas para Diputados estableció que no podrá haber más del 50 por ciento de candidatas o candidatos de un mismo género; al aprobar los lineamientos de registro de candidaturas para el proceso electoral 2017-2018.

Para determinar dichas acciones afirmativas, el organismo consideró tratados y criterios internacionales, así como la normativa electoral federal y local.

Respecto a las Diputaciones, la CEE fijó que se deben generar dos bloques de 13 distritos cada uno, listándolos en prelación conforme a porcentajes de votación; y postular al menos 6 fórmulas de un género distinto en cada bloque.

Para definir la prelación de los distritos al formar los bloques, se usará optativamente por cada partido político o coalición, los resultados del último proceso electoral, de los últimos 2 o hasta 3 procesos en la elección de Diputaciones locales.

En relación a la renovación de Ayuntamientos, institutos políticos y coaliciones deben garantizar la paridad horizontal, al registrar un 50 por ciento de la totalidad de postulaciones que realicen a las presidencias municipales con géneros distintos; con la salvedad de que cuando sea un número impar, las entidades elegirán el género al que asignarán la postulación excedente.

Y sobre la paridad vertical, el órgano electoral aprobó que en ningún caso, la postulación de candidaturas a regidurías y sindicaturas para la renovación del ayuntamiento deberá contener más del 50 por ciento de candidatas o candidatos propietarios de un mismo género, con excepción del supuesto en que cuando el resultado de la suma de regidurías y sindicaturas sea impar, el género mayoritario será diferente al de la candidatura a la presidencia municipal.

Así mismo, las y los suplentes de candidaturas a Regidurías y Sindicaturas, deberán ser del mismo género de quien reserve la candidatura propietaria.

Además, las listas de candidaturas de las planillas para Ayuntamientos, se integrarán por personas de género distinto en forma alternada hasta agotar la lista, iniciando por el cargo de las regidurías y concluyendo con las sindicaturas.

Cabe mencionar, que la fecha de registro de candidatos es del 12 de marzo al 5 de abril de 2018.

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SOBRE LA REELECCIÓN

Las y los funcionarios que fueron electos en 2015 y aspiran a una diputación local o a cargos de ayuntamientos, pueden reelegirse por el mismo partido, por una candidatura independiente o por otra entidad política.

Quienes deseen reelegirse por un instituto político distinto al que los postuló en 2015, en caso de aspirar a una diputación local, la renuncia a la militancia de su partido debió ser a más tardar, el 28 de febrero de 2017; y para cargos de ayuntamientos, el 29 de abril de 2017.

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