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	<title>revista-equidad.com &#187; resolucion</title>
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		<title>Descarta Navarro que resolución de la Corte lo afecte penalmente</title>
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		<pubDate>Fri, 08 Mar 2024 08:35:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redacción-Equidad</dc:creator>
				<category><![CDATA[Gobierno]]></category>
		<category><![CDATA[amparo]]></category>
		<category><![CDATA[javier navarro velasco]]></category>
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		<description><![CDATA[Por Redacción Asegura que sigue con fuero y un amparo que impide actuar al Congreso Para el Secretario General de Gobierno, Javier Navarro Velasco, la resolución dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en torno a su caso, no afecta en nada su situación jurídica, ni existe temor alguno de que se [...]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p dir="ltr" id="docs-internal-guid-4d2cedfd-7fff-a9ba-d1a8-835002a45800"><strong>Por</strong> Redacción</p>
<h2 dir="ltr" id="docs-internal-guid-61001db8-7fff-b3a7-aa42-1cffb5570393">Asegura que sigue con fuero y un amparo que impide actuar al Congreso</h2>
<p><a href="http://revista-equidad.com/wp-content/uploads/2024/03/080324nota1.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-121410" alt="080324nota1" src="http://revista-equidad.com/wp-content/uploads/2024/03/080324nota1.jpg" width="490" height="291" /></a></p>
<p dir="ltr">Para el Secretario General de Gobierno, Javier Navarro Velasco, la resolución dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en torno a su caso, no afecta en nada su situación jurídica, ni existe temor alguno de que se vaya a actuar en su contra de manera penal.</p>
<p dir="ltr"><span id="more-121409"></span></p>
<p dir="ltr">El funcionario estatal dio una rueda de prensa, donde explicó los alcances de dicha resolución sobre el tema, ante un supuesto incumplimiento de publicación decretos en el Periódico Oficial del Estado y que fueron aprobados por el Congreso del Estado.</p>
<p dir="ltr">Navarro sostuvo que la resolución de la Corte no afecta en nada al curso del amparo que tiene promovido en contra de la actuación del Poder Legislativo que pretende procesarlo por una aparente omisión de publicar los mencionados acuerdos.</p>
<p dir="ltr">Recordó que ese amparo lo obtuvo al comprobarse que los Diputados locales del PRI y del PAN y la Fiscalía Anticorrupción no le respetaron sus derechos políticos, legales y humanos.</p>
<p dir="ltr">“Lo importante de la resolución de la Suprema Corte de Justicia es que define cuál es el camino legal para resolver las violaciones a Navarro de sus derechos y no decide sobre el fondo de la situación legal , es una resolución nada más que establece un sobreseimiento de la controversia constitucional derivado de que no es materia de una controversia constitucional el diferendo que presentó el Ejecutivo al análisis jurídico de la Suprema Corte y en consecuencia deja claro que deberá resolverse en un juicio de amparo“, expresó el funcionario estatal.</p>
<p dir="ltr">El Secretario General de Gobierno agregó que sigue gozando del fuero constitucional y que estas explicaciones se las da a los ciudadanos para que no se vayan con una idea equivocada como lo pretenden hacer creer los legisladores locales.</p>
<p dir="ltr">“La parte del proceso del Congreso ya fue llevada a cabo, ellos ya no tendrían por qué reunirse, y si se reúnen no habría ningún problema, pues con la suspensión de amparo no pueden dictar un desafuero, en donde tampoco se puede avanzar es en las cuestiones penales iniciadas por la Fiscalía o por el Poder Judicial”.</p>
<p dir="ltr">Navarro Velasco agregó que desde que se interpuso la denuncia a la fecha han cambiado las condiciones, pues ya se publicaron los decretos, a excepción de los que tienen un impedimento legal.</p>
<p dir="ltr">“Se publicaron todos a excepción de aquellos que tenían un impedimento de carácter legal, una suspensión o un veto por ejemplo, lógicamente esos no se han publicado, ya que el Congreso fue omiso en resolver sobre los vetos, pero todos los demás se publicaron sin problemas”, concluyó Navarro.</p>
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		<title>Interpretan resolución de la SCJN a su conveniencia</title>
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		<pubDate>Fri, 23 Jun 2023 16:07:04 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redacción-Equidad</dc:creator>
				<category><![CDATA[Congreso]]></category>
		<category><![CDATA[Gobierno]]></category>
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		<category><![CDATA[decretos]]></category>
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		<category><![CDATA[suprema corte de justicia de la nacion]]></category>

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		<description><![CDATA[Por Redacción Ordena Corte publicar Decretos: Congreso; no es cierto: Estado Dos acuerdos dictados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, derivaron de una interpretación a la conveniencia tanto del Congreso local como del Gobierno del Estado. Por un lado el Poder Legislativo señaló a través de un comunicado que la Corte ordenó [...]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p dir="ltr" id="docs-internal-guid-6b85516a-7fff-befa-2883-c5ef8669f164"><strong>Por</strong> Redacción</p>
<h2 dir="ltr" id="docs-internal-guid-a4b07b4e-7fff-cf24-1b1c-bd345ca047af">Ordena Corte publicar Decretos: Congreso; no es cierto: Estado</h2>
<p><a href="http://revista-equidad.com/wp-content/uploads/2023/06/230323nota1.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-114029" alt="230323nota1" src="http://revista-equidad.com/wp-content/uploads/2023/06/230323nota1.jpg" width="490" height="490" /></a></p>
<p dir="ltr">Dos acuerdos dictados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, derivaron de una interpretación a la conveniencia tanto del Congreso local como del Gobierno del Estado.</p>
<p dir="ltr"><span id="more-114028"></span></p>
<p dir="ltr">Por un lado el Poder Legislativo señaló a través de un comunicado que la Corte ordenó al Ejecutivo publicar las reformas a la Constitución de Nuevo León, aprobadas en los Decretos 340, 341 y 342, al resolver la admisión de la Controversia Constitucional que originó el Expediente número 262/2023.</p>
<p dir="ltr">De acuerdo con el Congreso, el Gobernador debe de publicar dichos decretos en el Periódico Oficial del Estado, en virtud de que se le negó la suspensión de los actos que reclama en la citada Controversia.</p>
<p dir="ltr">Sin embargo, en un comunicado oficial, el Secretario General de Gobierno, Javier Navarro manifestó que la Suprema Corte no ordenó en ningún momento que se publicaran los mencionados decretos.</p>
<p dir="ltr">Navarro dijo que se recurrirá la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para modificar la negativa de la suspensión.</p>
<p dir="ltr">Para el funcionario estatal, esta decisión de la Corte determina que se admite la Controversia Constitucional contra la aprobación de los decretos, y se niega la suspensión solicitada por el Ejecutivo.</p>
<p dir="ltr">El Gobierno del Estado presentará un recurso de reclamación para tratar de modificar el sentido de la suspensión.</p>
<p dir="ltr">Por lo pronto, el procedimiento ante la Corte sigue su curso hasta la resolución final de esta Controversia.</p>
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		<title>Concede Juez suspensión definitiva a Samuel contra actos del Congreso</title>
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		<pubDate>Thu, 23 Mar 2023 14:44:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redacción-Equidad</dc:creator>
				<category><![CDATA[Gobierno]]></category>
		<category><![CDATA[decreto 340]]></category>
		<category><![CDATA[faustino gutierrez perez]]></category>
		<category><![CDATA[resolucion]]></category>
		<category><![CDATA[samuel garcia sepulveda]]></category>
		<category><![CDATA[suspencion]]></category>

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		<description><![CDATA[Por Redacción No puede ser removido de su cargo; Congreso puede seguir sesionando El Juez Octavo de Distrito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas, Faustino Gutiérrez Pérez, concedió al Gobernador Samuel García Sepúlveda, la suspensión definitiva dentro del incidente de suspensión relativo al Juicio de Amparo 407/2023-I, contra actos del Congreso del Estado y la Comisión [...]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p dir="ltr" id="docs-internal-guid-74bf8e52-7fff-18f5-5d3a-343213e1eea1"><strong>Por</strong> Redacción</p>
<h2 dir="ltr" id="docs-internal-guid-cefff0f0-7fff-2501-1a7b-c35aad4d1dd2">No puede ser removido de su cargo; Congreso puede seguir sesionando</h2>
<p><a href="http://revista-equidad.com/wp-content/uploads/2023/03/230323nota1.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-111245" alt="230323nota1" src="http://revista-equidad.com/wp-content/uploads/2023/03/230323nota1.jpg" width="490" height="736" /></a></p>
<p dir="ltr">El Juez Octavo de Distrito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas, Faustino Gutiérrez Pérez, concedió al Gobernador Samuel García Sepúlveda, la suspensión definitiva dentro del incidente de suspensión relativo al Juicio de Amparo 407/2023-I, contra actos del Congreso del Estado y la Comisión de Puntos Constitucionales del mismo Poder Legislativo.</p>
<p dir="ltr"><span id="more-111244"></span></p>
<p dir="ltr">Con esta resolución, el Gobernador no podrá ser removido de su cargo y la medida surtirá efectos hasta que se resuelva el fondo del asunto.</p>
<p dir="ltr">Dentro de los argumentos sostenidos por el Juez Federal destaca el hecho de que se le pretende aplicar a Samuel García reformas constitucionales de reciente aprobación, contraviniendo con ello la normatividad vigente al momento de asumir el cargo, lo que para la autoridad federal, esto representa una violación al principio de retroactividad contenido en el artículo 14 de la Constitución Federal.</p>
<p dir="ltr">Es decir, a criterio del juzgador, no se le pueden aplicar dichas reformas al quejoso –hoy Gobernador- porque esto sería en su perjuicio.</p>
<p dir="ltr">En todo caso, sostiene el Juez Federal, dichas reformas serían aplicables para quien asuma la Gubernatura en el próximo periodo electoral.</p>
<p dir="ltr">De acuerdo con los argumentos del Juez de Distrito de Reynosa, con las reformas contenidas en el Decreto 340 de la LXXVI Legislatura, el Poder Legislativo pretende asumir atribuciones que le corresponden al Gobernador, de acuerdo con la normativa vigente al momento de que Samuel García asumiera el cargo de Gobernador, entre las que se encuentran la designación de su Gabinete de Gobierno y ello representa una retroactividad en su contra, por lo que se decidió otorgarle la suspensión definitiva hasta en tanto se resuelva el fondo del amparo.</p>
<p dir="ltr">Con esta medida, el Juez de Distrito ordenó mantener las cosas en el estado en que se encontraban hasta antes de la emisión del Decreto 340, por lo que el Congreso no puede –por el momento- aplicar las reformas señaladas en este decreto.</p>
<p dir="ltr">Inicialmente este proceso de amparo se inició por la demanda de Samuel García en contra de un juicio político instaurado en su contra, posteriormente el Gobernador de Nuevo León –hoy quejoso en el juicio de amparo- amplió su demanda reclamando las reformas constitucionales que le pretenden quitar diversas facultades, entre ellas la designación de su Gabinete de Gobierno.</p>
<p dir="ltr">En conclusión, la medida dictada por el Juez Federal implica entre otras cosas lo siguiente:</p>
<p dir="ltr">1.- Que el Gobernador Samuel García no puede ser separado de su cargo.</p>
<p dir="ltr">2.- Que las reformas constitucionales contenidas en el Decreto 340 no pueden ser aplicadas hasta que se resuelva el fondo del amparo.</p>
<p dir="ltr">3.- Que las funciones del Congreso de ninguna manera se paralizan con esta suspensión definitiva, en virtud de que ese no es el tema del amparo promovido por el quejoso.</p>
<p dir="ltr">A continuación una parte de la resolución emitida este miércoles 22 de marzo por el Juez del Amparo:</p>
<p dir="ltr">“De esta forma, la entrada en vigor de las reformas contenidas en el Decreto 340 del Congreso de Nuevo León, la limitación y restricción en tales designaciones, funciones y atribuciones, no serían aplicables al quejoso en su carácter de actual Gobernador, sino en todo caso, a quien ejerza la gubernatura resultado de la próxima contienda electoral para ese cargo”.</p>
<p dir="ltr">“Por ello, la medida cautelar tiene el efecto de mantener las cosas en el estado en que se encontraban previo a la emisión del Decreto 340 de la Legislatura LXXVI del Congreso del Estado de Nuevo León, lo que preservaría también la materia del amparo, ya que de continuarse con la ejecución de los actos reclamados, podría causar daños de difícil reparación al quejoso, toda vez que aun cuando se le llegara a conceder el amparo, para entonces se habría utilizado los mismos hechos que se le atribuyen en el expediente 16283/LXXVI, sobre la supuesta falta u omisión de publicaciones oportunas en el Periódico Oficial del Estado, tendentes a removerlo del cargo de Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León”.</p>
<p dir="ltr">“En la inteligencia de que la concesión de esta medida únicamente incide en su permanencia en el cargo, no así en cuanto a la manera en que deberá llevar a cabo sus atribuciones, ya que para ello debe apegarse al marco legal previamente existente a las reformas cuya ejecución son aquí objeto de interrupción”.</p>
<p dir="ltr">“Finalmente, es importante mencionar que la determinación que se adopta no impide de ninguna forma que el Congreso del Nuevo León, continúe con las funciones que constitucionalmente tiene, ni implica paralizarlas en lo que no es materia del amparo del que deriva este incidente”.</p>
<p dir="ltr">“PRIMERO. Se concede la suspensión definitiva que solicita Samuel Alejandro García Sepúlveda, en el incidente de suspensión derivado del juicio de amparo 407/2023-1, por las razones expuestas en el considerando único de esta interlocutoria”.</p>
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