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Avala Congreso feminicidio

Establecen sanciones de hasta 60 años de prisión para el responsable

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El feminicidio fue tipificado como delito en el Estado, luego de que el Congreso local aprobara por unanimidad la reforma al Código Penal de Nuevo León, el Código de Procedimientos Penales y la Ley de Acceso de Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

En la sesión de este martes, la Diputada panista Carolina Garza Guerra, presentó el dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y Seguridad Pública y Equidad y Género, que establece las multas y sanciones para quien cometa este delito.

Se sancionará con 25 a 50 años de prisión y multas de 4 mil a 8 mil cuotas a quien termine con la vida de una mujer.

El dictamen señala que será considerado feminicidio cuando “por conductas de género se ejecute acción u omisión dirigida contra una mujer, privándola de la vida, cuando la víctima presente signos de violencia sexual o de cualquier tipo; así como también cuando existan evidencias de amenazas, acoso, hostigamiento o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima”.

Con las reformas se establece un agravante si entre el sujeto activo y la víctima existió una relación sentimental, afectiva o de confianza laboral, docente o de parentesco en línea recta ilimitado o colateral hasta cuarto grado, por lo que la sanción será de 30 a 60 años de cárcel.

Además de esto, el responsable deberá pagar la reparación del daño a favor de la víctima o de quienes subsisten. Así mismo, las modificaciones permitirán que el servidor público que retarde o entorpezca dolosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia, se le impondrá una pena de 3 a 8 años de prisión y de 500 a mil 500 cuotas, y será destituido e inhabilitado de 3 a 10 años para desempeñar otro empleo público.

MP podrá agilizar investigaciones ante desapariciones de menores de edad y adultos mayores

Durante la sesión se aprobó la reforma a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia, para que el Ministerio Público tenga la atribución de iniciar en brevedad la investigación por casos de desaparición de menores de edad y adultos mayores a los 70 años.

El dictamen presentado por el petista Gerardo García Elizondo,  establece modificaciones al artículo 7 de dicha ley.

“Establecer un procedimiento que permita comunicar a la ciudadanía de manera directa sobre la privación de la libertad o desaparición de una persona menor de 18 años de edad, mayor de 70 años o incapaz, cuando se reúnan los criterios para su implementación y que éstos permitan auxiliar a la Procuraduría en la búsqueda, localización y recuperación de la persona privada de su libertad”, cita el dictamen.

Castigarán la suplantación de identidad

En mesa de trabajo, la Comisión de Justicia y Seguridad Pública aprobó reformas al Código Penal con las que se tipifica como delito la suplantación de identidad, misma que será castigada con una pena de 3 a 8 años de prisión y multas que van de mil a 2 mil cuotas.

Los Diputados aprobaron modificaciones al artículo 444 del Código Penal, con lo que se estableció que comete el delito de suplantación de identidad, quien se atribuye por cualquier medio la identidad de otra persona u otorgue su consentimiento para llevar la suplantación de su identidad, produciendo con ello un daño moral, obteniendo un lucro o provecho indebido.

“Esta es una reforma que hemos tratado en mesa de trabajo de la Comisión y se tomó la decisión de incursionarlo en el Código Penal”, dijo Francisco Cienfuegos Martínez, Presidente de la Comisión.

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