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Aprueba Congreso Minuta que reforma artículo 73 constitucional

También se aprueba convocatoria para nuevo Consejo de Seguridad

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La Minuta con Proyecto de Decreto en Materia de Legislación Procesal Única, fue aprobada por mayoría, durante la primera sesión del segundo año de labores del Congreso del Estado.

La Minuta que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, otorga al Congreso de la Unión la facultad para expedir las leyes generales en materia de secuestro y trata de personas, así como de legislar en materia de delincuencia organizada.

El documento contempla la legislación única en materia de procedimiento penal, mecanismos alternativos de solución de controversias y ejecución de penas, que serían regidos por el orden federal y dentro del fuero común.

Antes de la votación, la discusión no se hizo esperar, entre voces a favor y en contra, de quienes decían, quitaría libertades a los diferentes Poderes, al centralizar la justicia directamente en la Federación.

Sin embargo, con 36 votos a favor, dos en contra y cero abstenciones, la minuta ya aprobada, fue enviada a la Cámara de Senadores para su consideración.

 

Iniciará convocatoria para nuevo Consejo Ciudadano de Seguridad Pública

Durante la sesión también se aprobó la convocatoria para la conformación del nuevo Consejo Ciudadano de Seguridad Pública, dado que ha concluido el periodo de quienes actualmente forman parte de dicho grupo.

Se busca elegir a dos ciudadanos que representen a organizaciones vecinales, asociaciones de padres de familia, de organizaciones sindicales de trabajadores, de asociaciones de profesionistas y del transporte.

Así mismo, se contempla incluir a tres ciudadanos representantes de organismos empresariales y de instituciones de educación superior, además de cuatro personas más que se incluyan en honor de las organizaciones no gubernamentales.

Algunos de los requisitos para formar parte del Consejo Ciudadano son: ser mayor de edad, acreditar la residencia en el Estado por al menos dos años y no haber ocupado algún cargo de elección popular o partidista en los últimos cuatro años anteriores a la fecha de designación.

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