Es “halconeo” delito especial; reforman la Ley de Seguridad
Tendrá una sanción de 3 a 9 años de prisión
Con el fin de fortalecer la seguridad en el Estado, la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, aprobó modificaciones al artículo 159 de la Ley de Seguridad del Estado, relacionada a la vigilancia de cuerpos policiales, para con ello endurecer las sanciones.
Esta adecuación, precisó el Diputado César Garza Villarreal, Presidente de la mencionada Comisión, tipifica el espionaje o acechanza, mejor conocido como “halconeo” como delito, cuando este sea cometido por miembros de instituciones policiales, como Seguridad Pública del Estado, Fuerza Civil, Policía Municipal, las corporaciones de Tránsito, que al momento del pase de lista o en el ejercicio de sus funciones, porten un equipo de radio comunicación ajeno al oficial.
“Creemos que esta tipificación del delito especial, de la portación indebida de aparatos de radiocomunicación, va a venir a hacer una herramienta muy útil en el combate a la infiltración que se da dentro de las corporaciones policiales y también va hacer una herramienta muy útil para evitar que se evada la acción penal.
“Con esto se viene a cerrar el círculo del llamado delito de “halconeo”, que en el caso de los policías, el criterio de los jueces estatales y federales era el de liberarlos, atendiendo a que la acechanza y la vigilancia es una obligación inherente a la función de un policía, por lo que no podía sancionar”, explicó Garza Villarreal.
Con la entrada en vigor de esta nueva disposición legal, esta acción deja de ser una falta administrativa para convertirse en un delito especial, establecido en la Ley de Seguridad, que propone sanciones de 3 a 9 años de prisión e inhabilitación administrativa de 15 años.
“Será una herramienta eficaz para que la Procuraduría de Justicia y el Poder Judicial puedan combatir la infiltración en las instituciones policiales de los grupos criminales”, concluyó el legislador.