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Aprueban eliminar beneficios para conductores ebrios

Por Ana Karen Moreno

Acaban bondades de ley para quienes cometan homicidio culposo

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El Congreso del Estado aprobó por mayoría la iniciativa de reforma del Gobernador Rodrigo Medina de la Cruz, donde se pide aplicar sanciones más severas a los conductores que manejen alcoholizados, entre las que destacan el eliminar los beneficios a quienes causen la muerte de una persona.

Tras una hora y 38 minutos de discutir el dictamen presentado por el Presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, Francisco Cienfuegos Martínez, los Diputados dieron el sí a reformar el Código Penal para el Estado de Nuevo León, el Código Procesal Penal para el Estado de Nuevo león, la Ley que regula la expedición de licencias para conducir del Estado de Nuevo León, así como la Ley para la prevención y combate al abuso del alcohol y de regulación para su venta y consumo para el Estado de Nuevo León.

“El Congreso aprobó por mayoría endurecer la aplicación de las sanciones y ser más severos con las personas que irresponsablemente estén frente a un volante conduciendo en estado de ebriedad, que estén hablando por teléfono, que estén texteando”, explicó Cienfuegos Martínez.

Como cambios principales se estableció que el responsable por homicidio culposo, es decir, aquella persona que en estado de voluntaria intoxicación o huir después del accidente, “no tendrá derecho a la condena condicional o a la substitución de sanción”.

Esto, a través de la reforma el artículo 67 del Código Penal para el Estado de Nuevo León, al cual se adiciona un segundo párrafo al artículo 66 Bis, en el que se constituye que quien sea condenado por homicidio culposo grave, no tendrá derecho a la condena condicional o a la substitución de sanción.

Además, se eliminaron los beneficios que las personas responsables tenían, como lo es el perdón judicial, conmutación de sanciones, remisión parcial de la penal y la libertad preparatoria.

“En el procedimiento abreviado, el Ministerio Público solicitará al juez que en la sentencia se determine la proporción de la sanción que se cumplirá en prisión, la forma en que habrá de cumplirse el resto de la misma, así como los términos en los que operarán los beneficios a que se refieren las leyes aplicables”, leyó Cienfuegos en lo establecido en el artículo 409 del Código Procesal Penal para el Estado de Nuevo León.

En este sentido, cuando un juez condene al responsable, las sanciones establecidas deberán obedecer los términos del Ministerio Público.

Esta iniciativa de reforma contempla también mediante sus sanciones administrativas, en el artículo 20, homologar con la Ley de Alcoholes, los Reglamentos de Tránsito Municipales, en un plazo no mayor a 60 días.

“Estamos hablando de más o menos la última semana del mes de diciembre, la primera semana del mes de enero”, detalló el Legislador priista.

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“Nosotros convocaremos a una reunión con los 51 municipios, es para explicarles detalladamente en que consistieron estas reformas, para que puedan homologar sus diferentes reglamentos de vialidad y tránsito y podamos tener sanciones aplicables a aquellas personas  que definitivamente todavía siguen con la esperanza de poder tomarse unas bebidas y manejar sin ser sancionados”, informó.

Por su parte, el Artículo 20 Bis establece que podrán ser sancionados los conductores que manejen en estado de voluntaria intoxicación que afecten la capacidad de manejo, o utilizando simultáneamente algún tipo de aparato de comunicación, exceptuando el uso de manos libres.

“Por conducir en alguna de las referidas condiciones, multa de 50 a 200 cuotas, tratamiento para los conductores en estado de voluntaria intoxicación, suspensión de la vigencia de la licencia hasta por tres meses y arresto administrativo de ocho a doce horas”, establece.

De realizar las acciones anteriores y cometer cualquier infracción administrativa, la multa podría oscilar de 100 a 300 cuotas mínimas, además del tratamiento para los conductores en estado de voluntaria intoxicación, retiro de licencia hasta por seis meses y arresto administrativo de doce a veinticuatro horas.

De conducir más de dos veces con las características anteriores en un año, la multa sería de 200 a 600 cuotas, además del tratamiento para los conductores en estado de voluntaria intoxicación, suspensión licencia hasta por doce meses y arresto administrativo de veinticuatro a treinta y seis horas.

De no acreditar al menos el 90 % de las sesiones de tratamiento decretadas, se impondrá una “multa de 100 a 200 cuotas y suspensión de la licencia para conducir hasta por 18 meses”.

El Diputado independiente, Luis David Ortiz, los panistas Enrique Barrios y Juan Carlos Ruíz, así como los priistas Juan Manual Cavazos y Carlos Barona, además de José Isabel Meza, se sumaron a la propuesta, asegurando que la cultura vial  en Nuevo León mejoraría.

Mientras que Erick Godar y Eduardo Arguijo del PRD, así como Fernando Elizondo, del PAN, subieron a la Tribuna para manifestarse en contra de las reformas.

En lo general, la propuesta fue aprobada con 36 votos a favor, 2 en contra, de los integrantes de la bancada del PRD, Eduardo Arguijo y Erick Godar.

Trascendió que ya publicadas las reformas en el Periódico Oficial del Estado, los municipios deberán realizar lo conducente y homologar sus Reglamentos de Tránsito.

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