Secciones

Avala Pleno del Congreso otorgar subsidios a Tenencia y Predial

Por Race Loera

Además eliminan acciones encaminadas al “terrorismo fiscal”

FOTO 1

El Congreso Local aprobó de forma unánime en Sesión Extraordinaria las reformas a la Ley de Egresos y Ley de Hacienda del Estado, a fin de otorgar el 50 por ciento de subsidio a la ciudadanía en el cobro de la Tenencia, además de que el Gobierno del Estado emita las bases para poder otorgar hasta el 100 por ciento de descuento en el impuesto antes mencionado, así como en el refrendo.

El dictamen 10627/LXXIV fue presentado por el Diputado Juan Espinosa Eguía, en su calidad de integrante de la Comisión de Presupuesto.

En dicho escrito se muestra la iniciativa de reforma por adición en el último párrafo del artículo 65 de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2017, y reformas por adición del último párrafo al artículo segundo transitorio del decreto número 28 de fecha y publicación en el Periódico Oficial del Estado, 3 de diciembre del 2015 de la Ley de Hacienda para el Estado de Nuevo León.

“Comprendiendo entonces que la obligación de todo nivel de Gobierno es velar por el uso correcto, racional y eficiente de los recursos públicos, reducir el gasto operativo buscando economías y ahorros que se puedan reorientar a programas sociales y a las principales necesidades de los ciudadanos de Nuevo León, nos unimos a las diversas voces ciudadanas y ante la difícil situación económica por la que atraviesa el País y el Estado consideran que no sólo la sociedad es la que tiene que  tiene que hacer sacrificios y esfuerzos para salir adelante sino que es menester de los Gobiernos generar ahorros significativos.

“El programa también aplicará a favor de personas físicas que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y que tengan en propiedad uno o varios vehículos de uso personal o familiar con peso bruto vehicular menor a 3.5 toneladas, que no reúnan los requisitos previstos en los párrafos anteriores”, expresó el legislador.

Añadió que el monto del apoyo otorgado conforme a este párrafo, será el equivalente al 50 por ciento en el Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

Por su parte, el Diputado Hernán Salinas Wolberg, propuso a la  Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, publicar las tablas de subsidio que deberán de otorgarse, así como las bases de los mismos y las bases de las devoluciones de los impuestos que se hayan cobrado.

“Básicamente lo que se está buscando en esto es clarificar, y que haya un certeza de que una vez que se tome la definición por parte de la Tesorería del Estado saque las bases, que esas bases se apliquen de forma obligatoria ante los contribuyentes”, mencionó Salinas Wolberg.

FOTO 2

APRUEBAN SUBSIDIOS AL IMPUESTO PREDIAL

Posteriormente, el legislador José Luis Santos, subió al Pleno para presentar el expediente 10629/LXXIV que contiene las reformas a la Ley de Hacienda de los Municipios, con la finalidad de poder otorgar subsidios a los nuevoleoneses en el pago del Impuesto Predial.

El dictamen contiene iniciativa de reforma por adición de un último párrafo al artículo 21 BIS 12, un último párrafo al artículo 28 BIS 1 y un último párrafo al artículo 32 y reforma por modificación del primer párrafo del artículo 21 BIS 12, todos de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León.

Dichas modificaciones facultan a los municipios para que establezcan las bases para poder otorgar un subsidio de hasta un 100 por ciento del incremento del Impuesto Predial para el ejercicio fiscal en el que se haya aprobado una actualización de los valores unitarios de suelo o construcción en los usos de suelo de casa habitación.

“Se faculta a los Ayuntamientos para poder otorgar un subsidio por hasta el 100 por ciento sobre el excedente del 2 por ciento de la tasa del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles, se faculta a los Ayuntamientos para poder otorgar un subsidio de hasta el 100 por ciento sobre el excedente del 5 por ciento de la tasa del Impuesto sobre Diversiones y Espectáculos Públicos”, indicó Santos Martínez.

Precisó que la presente medida tiene como fin beneficiar a las familias nuevoleonesas, sin perjudicar a las administraciones municipales, ya que el impuesto predial es uno de los ingresos más significativos con los que cuentan los municipios para hacer frente a las necesidades de sus habitantes.

“Los Gobiernos Municipales deberán aprobar en sesión de Cabildo la tabla de subsidios que se otorgarán, así como las bases de los mismos y de las devoluciones de los pagos correspondientes al Impuesto Predial que se hubiesen cobrado con anterioridad, en un término no mayor de siete días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto”, señala el dictamen.

Durante el ejercicio fiscal 2017 en los Municipios donde se haya aprobado una actualización de los valores unitarios de suelo o construcción en los usos de suelo de casa habitación, el impuesto podrá pagarse por anualidad anticipada a más tardar el día cinco del mes de Junio, sin recargos.

Cabe mencionar que en el caso de que se pague a más tardar el día 5 del mes de Abril, gozará de una reducción del 15 por ciento de dicha anualidad y si lo cubre a más tardar el día 5 del mes de Mayo, gozará de una reducción del 10 por ciento de la misma.

NO HABRÁ LUGAR A ACCIONES DE “TERRORISMO FISCAL”

Dentro del mismo periodo extraordinario, el Congreso Local aprobó las reformas al Código Fiscal del Estado de Nuevo León, a fin de dar reversa a los artículos que permiten el terrorismo fiscal.

La Presidenta de la Comisión de Presupuesto, Myrna Grimaldo Iracheta, dio lectura al expediente con el número 10628, el cual fue presentado por los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la actual Legislatura, y que contiene la iniciativa de reforma al artículo 42, donde se propone derogar su fracción 3 y los párrafos penúltimo y último, derogar el artículo 42 BIS, derogación de la fracción 8 del artículo 44, se derogue también el artículo 51 BIS, se deroga el artículo 54, se deroga también la fracción 3 del artículo 104, se adiciona la fracción séptima del artículo 123, se adiciona el articulo 128 y se deroga el artículo 132 BIS.

Grimaldo Iracheta puntualizó que con las reformas se evitará la persecución de personas con adeudos fiscales, el que se castigue la simulación de actos hasta con cárcel y que se puedan embargar propiedades por adeudos.

“El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León”, leyó la Diputada durante su ponencia.

Hoy es:
Síguenos
   
Publicaciones