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Proponen Diputados del PRI crear Ley de Aparatos Auditivos Gratuitos

Por Redacción

Obligarían al Gobierno a entregar gratuitamente estos aparatos

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Con la finalidad de mejorar las condiciones de vida de las personas que padezcan alguna discapacidad auditiva, los Diputados del PRI Ludivina Rodríguez de la Garza y José Luis Garza Ochoa, presentaron ante la Oficialía de Partes del Congreso Local, una iniciativa para crear la Ley de Aparatos Auditivos Gratuitos para el Estado de Nuevo León.

Este ordenamiento busca que el Gobierno del Estado brinde aparatos auditivos de manera gratuita a aquellas personas que lo necesiten y no cuenten con los recursos para adquirirlos, así lo informó José Luis Garza Ochoa.

“Esta ley propone que las personas en Nuevo León, que por prescripción médica lo necesiten, puedan tener derecho a recibir gratuitamente el aparato auditivo. También se establece una serie de requisitos nada complicados para los solicitantes”, expresó el legislador tricolor.

Expresó que esta nueva ley obligará a la Secretaría de Desarrollo Social, a realizar un padrón de los beneficiados.

“Así mismo, se obliga a la Secretaría de Desarrollo Social, a que cuente con el expediente físico y digitalizado de cada derechohabiente integrante del Programa de Aparatos Auditivos Gratuitos y crear un sistema informático que permita tener un padrón”, manifestó Garza Ochoa.

Por su parte, Rodríguez de la Garza mencionó que desafortunadamente existe una parte de la población con esta discapacidad que no cuentan con los recursos para adquirir un aparato y esta ley les brindará la oportunidad de obtener uno.

“En México existen aproximadamente 2.4 millones de personas con sordera, de los cuales, 84 mil 957 son menores de 14 años. De la cantidad mencionada sólo 54 mil 372, asiste a la escuela, según datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica de 2014”, señaló la Legisladora del Distrito Local 2.

La Ley de Aparatos Auditivos Gratuitos para el Estado de Nuevo León establece lo siguiente:

-Se propone que los servidores públicos responsables de la ejecución de esta Ley en su aplicación deberán actuar con apego a los principios de universalidad, igualdad, equidad social, justicia distributiva, integralidad, territorialidad, exigibilidad, participación, transparencia, efectividad y buena fe.

-Se obliga al Gobernador del Estado, incluir en el proyecto de presupuesto de egresos el monto que habrá de aplicarse a este Programa.

-Se obliga a la Secretaría de Desarrollo Social, a que cuente con el expediente físico y digitalizado de cada derechohabiente integrante del Programa de Aparatos Auditivos Gratuitos, para constatar el cumplimiento de los requisitos que se establezcan en la presente Ley, así como instrumentar la creación de un sistema informático que permita contar con un padrón único que incorpore la totalidad de derechohabientes del Programa de Aparatos Auditivos Gratuitos.

-Se propone que todas las personas en el Estado de Nuevo León, que por prescripción médica lo necesiten, tendrán derecho a recibir gratuitamente aparato auditivo.

-Se establece una serie de requisitos para los solicitantes tales como:

A).- Solicitud correspondiente, que para el efecto emita la Secretaría de Desarrollo Social. Y que en el caso de los menores de edad, dicha solicitud deberá ser presentada por los padres o tutores del menor, con la acreditación correspondiente.

B).- Presentar acta de nacimiento e identificación para el caso de los menores de edad o en su caso credencial de elector que permita acreditar residencia en el Estado.

C).- Someterse de manera voluntaria a una revisión auditiva, a realizarse dentro de las instalaciones que la Secretaría de Salud destine para el Programa de Aparatos Auditivos Gratuitos, en los horarios y fechas establecidas en el cronograma aprobado previamente.

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