Propone Karina anular elecciones por violencia política de género
Por Zulema Guerrero
Pide reformar Constitución de NL; además de tres leyes secundarias
A fin de que la violencia política por razón de género sea causal para anular una elección, la Presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género en el Congreso del Estado, Karina Barrón Perales, de Movimiento Ciudadano, presentó una serie de reformas en la materia.
La legisladora explicó que se trata de cuatro reformas, en las que se modificarían la Constitución Política del Estado de Nuevo León; la Ley Electoral del Estado; la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; así como al Código Penal, en las que además se incrementarían las sanciones por Violencia Política de Género.
“La violencia continúa siendo uno de los principales obstáculos para el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres de Nuevo León, es indispensable tomar en cuenta que ésta se encuentra normalizada y, por tanto, invisibilizada. No obstante, la violencia es real, algunas de nosotras como Diputadas la hemos vivido.
“Por ello se propone incluir en el artículo 45 de la Constitución local que sí se comprueba la existencia de violencia política de género o irregularidades graves durante las etapas del proceso electoral que violenten los principios previstos en la Constitución, se declare nula la elección, si así se acredita”, señaló Barrón Perales.
Agregó, que la violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer, es decir, en razón de género, tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, toda vez que tiene por objeto o resultado menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo.
Reiteró, que los ataques hacia las mujeres por razones de género tienen como trasfondo la descalificación y una desconfianza sistemática e indiferenciada hacia sus capacidades y posibilidades de hacer un buen trabajo o ganar una elección.
Detalló que en el Código Penal se propone adicionar el artículo 331 Bis 7, para precisar que se presume que existen razones de género cuando: “existan situaciones de poder que den cuenta de un desequilibrio en perjuicio de la víctima; existan situaciones de desventaja provocadas por condiciones del género. Además se propone incrementar las sanciones cuando en la comisión de este delito intervenga un servidor público o un dirigente partidista, se emplease violencia o engaño, o por el aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad de la mujer”.