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Busca PRI garantizar atención médica de calidad a pacientes terminales

Por Redacción

Propone Diputada Gabriela Govea reformar Ley Estatal de Salud

thumbnail_DIP. GABRIELA GOVEA (1)Para definir y brindar los cuidados paliativos a los pacientes que padecen una enfermedad terminal, la Diputada local del PRI, Gabriela Govea López presentó iniciativa de reforma a la Ley Estatal de Salud.

La también Presidenta de la Comisión de Salud en el Poder Legislativo manifestó que la armonización de la norma Federal con la Estatal pretende reformar el artículo 24, el cual regula los servicios de atención médica para establecer que los cuidados paliativos que se brindarán a los enfermos en situación terminal se haga de forma integral.

Que el paciente tenga derecho a ser atendido por un médico que tenga orientación en el área paliativa que nos asegure que su familia va a estar informada en relación su limpieza, la alimentación que necesita y en el manejo de dolor que es algo muy importante”, puntualizó.

Todos los médicos del área paliativa se deben de coordinar con un equipo multidisciplinario para que le den atención psicológica, vean la parte social y la parte espiritual. Con esta ley tratamos dignificamos a los pacientes que están en la etapa de pronóstico reservado, añadió.

Govea López indicó que la reglamentación en la Ley General, servirá para poder obligar a las instituciones de salud la garantía de una vida digna de un paciente con enfermedad terminal.

Esta reforma es indispensable para definir los cuidados paliativos a los pacientes que padecen una enfermedad en situación terminal”, indicó.

Se busca contribuir a proporcionarles bienestar y una calidad de vida digna hasta el momento de su muerte, previniendo la prolongación de la agonía observando en todo momento la autonomía del paciente y su familia”, agregó.

La iniciativa de reforma que fue presentada en la Oficialía de Partes del Congreso local contempla modificar el artículo 24 y se adicionan los artículos 61 Bis 1, 61 Bis 2, 61 Bis 3, 61 Bis 4, 61 Bis 5, 61 Bis 6, 61 Bis 7, 61 Bis 8, 61 Bis 9, 61 Bis 10, 61 Bis 11, 61 Bis 12, 61 Bis 13, 61 Bis 15, 61 Bis 16, 61 Bis 16, 61 Bis 17, 61 Bis 18, 61 Bis 19, todos de la Ley Estatal de Salud.

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