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Avala Congreso disminuir presunción de muerte

Por Ilse Casas

Aprueban Diputados reformas al Código Civil

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Los Diputados del Congreso del Estado, aprobaron por unanimidad reformas al Código Civil, para disminuir el tiempo en trámite de presunción de muerte de 3 años a seis meses, con el objetivo de proporcionar certeza legal a los familiares de personas desaparecidas.

La reforma al artículo 705 de ese Código, permite que la familia de personas desaparecidas, puedan disfrutar de derechos la pensión e Infonavit.

Durante la sesión de este lunes, se presentó el dictamen en el que se especifica que “bastará en el transcurso de seis meses contados a partir del trágico acontecimiento, para que el Juez declare presunción de muerte, sin que en estos casos sea necesario que previamente se declare su ausencia”.

La reforma puntualiza que esta acción se ejercerá cuando la desaparición suceda tras un incendio, terremoto, ciclón, huracán, inundación o catástrofe de un medio de transporte público aéreo, marítimo o terrestre.

Así mismo, la reforma prevé que este derecho se aplicará cuando la desaparición se relacione “con la privación ilegal de la libertad en su modalidad de secuestro o desaparición forzada de persona, en ambos casos el término para la declaratoria de presunción de muerte será de seis meses a partir de que se haya denunciado ante la autoridad competente el acto ilícito correspondiente”.

En el debate de la reforma, el Diputado priista José Juan Guajardo, solicitó que los familiares de estas víctimas, que ya llevan a cabo el proceso, puedan tener acceso a esta medida, lo que fue aprobado por los legisladores.

 

Buscarán defender derechos de personas con discapacidad

Las más de 185 mil personas con discapacidad que actualmente viven en Nuevo León, podrían gozar de mayores derechos y preferencia en procedimientos administrativos, de ser avalada la reforma a los artículos 2 y 40 de la Ley de Personas con Discapacidad del Estado de Nuevo León.

Con la reforma a las fracciones XXV y XXVI, además de la adición de la fracción XXVII al artículo 2 y un segundo párrafo al artículo 40, las personas con discapacidad tendrán acceso a trámites y procedimientos adecuados a sus necesidades.

“Dicha atención se realizará a través de la implementación de una ventanilla preferente de atención inmediata, misma que deberá estar ubicada estratégicamente para el fácil acceso con los señalamientos necesarios para su rápida localización, mostrando en un lugar visible la denominación de trato preferencial para personas con discapacidad”, cita el documento.

La propuesta se turnó a la Comisión de Salud, donde se discutirá para su próxima presentación en el Pleno del Congreso.

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