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Multa CEE a Margarita por más de 145 mil pesos

Argumentan que viola Ley Electoral por usar playera con logo panista

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El Consejo General de la Comisión Estatal Electoral determinó fundadas dos denuncias en contra de la Alcaldesa de Monterrey, Margarita Arellanes Cervantes, por lo que se aprobó imponerles dos multas que ascienden a más de 145 mil pesos.

Una de las sanciones asciende a 96 mil 897 pesos con 60 centavos, y se refiere a la imparcialidad en el uso de recursos públicos, al utilizar  una playera con el logotipo del Partido Acción Nacional (PAN) en un evento público; mientras que por el uso del lema “Tu Alcaldesa Cumple”, se impuso una multa de 48 mil 987 pesos con 12 centavos, para dar un total de 145 mil 884 pesos con 72 centavos.

La primera denuncia es referente al Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidad con clave de expediente PFR-005/2014, promovido el 12 de mayo de 2014, por Eduardo Bailey Elizondo en su carácter de Presidente del Comité Directivo Estatal y Aldo Fasci Zuazua, por sus propios derechos, en contra de Margarita Arellanes y el PAN; por imparcialidad en el uso de recursos públicos al utilizar una playera con el logotipo del PAN, en un evento público de trabajos de recarpeteo, en el área de San Jerónimo.

Es importante mencionar que después de analizar los hechos de la denuncia, así como las respuestas de las partes involucradas, las pruebas públicas y documentales, la mayoría de los integrantes de la Comisión Estatal Electoral, concluyeron que la Alcaldesa de Monterrey acreditó la infracción del artículo 301 BIS 1 de la Ley Electoral, al beneficiar propagandísticamente al PAN, al generar un impacto en la sociedad que vincula las obras municipales con dicho partido.

También se determinó que el solo hecho de que la servidora pública  destinara tiempo en un día hábil y dentro del tiempo oficial para la inauguración de una obra municipal donde se realizaron trabajos con cargo al erario público, deja claro que los mismos fueron utilizados por la Alcaldesa directamente a favor del PAN.

En consecuencia, al acreditarse la violación a lo previsto en los artículos 134, párrafo séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 43, párrafo sexto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de N.L., en relación con lo dispuesto en el 301 BIS 1 de la Ley Electoral del Estado, el organismo impuso a la Alcaldesa una sanción de mil 440 veces el salario mínimo general vigente para Monterrey, equivalente a 96 mil 897 pesos con 60 centavos.

 

DENUNCIA DE CANDELARIO MALDONADO CONTRA MAC

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Con respecto a la segunda denuncia, esta derivó en el Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidad con clave de expediente PFR-006/2013, promovido el 13 de noviembre de 2013, por Candelario Maldonado Martínez, contra Margarita Arellanes y el PAN; por promoción personalizada por el uso del lema “Tu Alcaldesa Cumple”, para su Informe de Gobierno 2013.

La anterior procedió a ser fundada  respecto  a la Presidenta Municipal de Monterrey, esto con base a que la difusión publicitaria por varios medios de comunicación del Informe de Gobierno Municipal: “Tu Alcaldesa Cumple”. “Ayuntamiento de Monterrey 2012-2015”. “1er informe de Gobierno”, fue pagada con recursos del Municipio de Monterrey; lo cual quedó demostrado con el informe del Secretario del Ayuntamiento de dicho municipio.

Durante el anunció de dichas multas interpuestas a la Edil regia, se dio conocer que, con la frase y su difusión se destacan logros en materia de ecología, seguridad pública, empleo y educación, atribuibles a “la Alcaldesa de Monterrey”, se constituye promoción personalizada, al tratar de destacar estos avances como logros personales, lo cual está prohibido legalmente.

Dentro de la publicidad a la que se hace referencia, esta contiene algunas frases como: “Somos Honestidad Tu Alcaldesa Cumple”, y “Somos Liderazgo Tu Alcaldesa Cumple”, con las cuales se pretende destacar cualidades inherentes a la persona, más que al Ayuntamiento; y el nombre y las imágenes se utilizan en apología de la servidora pública, con la finalidad de posicionarla en el conocimiento de la ciudadanía con fines político electorales.

Por lo anterior, y tomando en consideración el contenido de lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución General de la República y 43 penúltimo párrafo de la Constitución del Estado de Nuevo León y 301, BIS 1, de la Ley Electoral del Estado, el órgano electoral concluyó, por la mayoría de sus integrantes, que la denunciada violentó las disposiciones de cuenta; y aplicó una sanción de 48 mil 987 pesos y 12 centavos.

Ambas sanciones se harán efectivas conforme lo disponga la legislación fiscal de la entidad.

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