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Rechaza Congreso ratificación del ex Magistrado Ángel Mario García

Por Zulema Guerrero

Ya había sido avalado por la Comisión de Justicia y Seguridad Pública
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Luego de que la Comisión de Justicia y Seguridad Pública del Congreso del Estado, aprobara el Dictamen que contiene la ratificación del ex Magistrado Ángel Mario García Guerra, el Presidente de esta Comisión, Diputado Álvaro Ibarra Hinojosa, señaló que se tomó la decisión en virtud de que el ex funcionario judicial cumple con los requisitos constitucionales necesarios para ello, sin embargo, al pasarlo al Pleno no se reunieron los votos necesarios, por lo cual se rechazó el citado dictamen.

Al pasarlo el Dictamen al Pleno, se procedió a la votación por medio de cédulas, donde la ratificación de García Guerra fue desechada al no alcanzar los 28 votos necesarios, ya que se contabilizaron 17 votos a favor, 15 en contra y 10 abstenciones.

Lo anterior, fue realizado por el Congreso local en acatamiento de lo ordenado por el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa de Nuevo León, que ordenó al Legislativo reponer el procedimiento para efectuar la evaluación de García Guerra para determinar su ratificación o no como Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

“Esto es conforme a lo previsto por el artículo 99 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León que se encontraba en vigencia al momento en el que se realizó el procedimiento de ratificación correspondiente y que se hace consistir en aquel publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 09-nueve de junio del año 2004”, manifestó la Diputada Ivonne Bustos en la lectura del dictamen.

“Comuníquese la resolución del Pleno del Congreso del Estado de Nuevo León, en la que se resuelva en definitiva sobre la ratificación o no ratificación del servidor jurisdiccional, para que, en caso de que sea negada la ratificación, en términos del artículo 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberado de Nuevo León, se proceda a ordenar la apertura del procedimiento para la designación del Magistrado que deberá ocupar la vacante”.

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