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Presenta Cienfuegos iniciativa que crea la Ley de Emergencia Económica para NL

Por Zulema Guerrero

Avalan Cámaras empresariales iniciativa del Coordinador del GLPRI

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El Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional (GLPRI), Francisco Cienfuegos Martínez, presentó una iniciativa que crea la Ley de Emergencia Económica para el Estado de Nuevo León, lo anterior con el apoyo de cámaras como CAINTRA, CMIC, CANADEVI, CANACOPE, CANIRAC y CANACAR.

Esta iniciativa permitirá que la economía del Estado no se vea afectada ante contingencias sanitarias y naturales que se puedan presentar en un futuro cercano, así lo explicó el Diputado priista.

Cienfuegos Martínez detalló que la propuesta plantea la creación de un Fondo de Emergencia Económica por 1 mil millones de pesos, así mismo, faculta al Ejecutivo para actuar de manera inmediata en situaciones extremas con exención de impuestos, condonación de servicios y apoyos económicos.

Lo anterior, a fin de que el impacto económico que resulte de cualquier contingencia sanitaria o de fenómenos naturales en nuestra entidad, no repercuta en las familias nuevoleonesas y en el sector empresarial.

Dicha Ley de Emergencia Económica también obligaría al Gobernador del Estado a emitir declaratorias de emergencia en un lapso de 48 horas, así como a instruir las acciones que garanticen el soporte económico de los ciudadanos.

“La Ley tiene como objetivo que el titular del Poder Ejecutivo, ante acontecimientos presentes o futuros que pongan en riesgo la actividad económica y laboral en el Estado, tenga la atribución de emitir en un plazo no mayor a 48 horas una Declaratoria de Emergencia Económica.

“Plantea que sea considerada como actividad esencial aquella, cuya suspensión, pueda tener efectos irreversibles para su continuación, tales como industria de alimentos y bebidas, distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, transporte de pasajeros y de carga, telecomunicaciones, vivienda, industria de la construcción, del acero, del vidrio, del plástico, química y automotriz. Se establece que si hubiera algún sector económico que no fue declarado con actividad esencial, éste pueda inconformarse ante la autoridad, mediante solicitud fundada y motivada, debiéndose darle respuesta en un plazo de 24 horas”, detalló.

Agregó, que dicha propuesta incluye también la creación de un Fondo de Declaratoria de Emergencias por 1 mil millones de pesos, que le permita tomar medidas inmediatas cuando se emita la declaratoria de emergencia.

“En la misma Ley propongo un Fondo de Declaratorias de Emergencias que se integre por el 1 por ciento del presupuesto anual, lo que resulta en cerca mil millones de pesos, que será acumulable si no fuera utilizado durante el ejercicio fiscal en curso y su sería gasto distribuido y regulado por un consejo ciudadano y empresarial.

“Proponemos que se constituya un Consejo Estatal de Emergencia Económica, como un órgano interinstitucional eventual y temporal con funciones de asesoría, consulta, opinión y decisión, en materia económica y laboral, el cual estaría integrado por el Gobernador, Tesorero, el titular de la Secretaría de Economía y Trabajo, CANADEVI, CAINTRA, CANACO, CANACOPE, CANACAR, CANIRAC, CMIC y COPARMEX, así como académicos y alcaldes metropolitanos. Su principal función será determinar el destino del Fondo de Emergencia Económica”, puntualizó.

Así mismo, detalló que esta ley que propone, se acompaña de una reforma Constitucional en su artículo 85 fracción XVII para otorgarle al Gobernador la atribución de proteger la economía de los nuevoleoneses, así como la continuidad de la productividad laboral en todo el Estado.

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“Es importante mencionar que las acciones que instruya y aplique la persona que ocupe la titularidad del Ejecutivo, bajo ninguna circunstancia, podrán violar los derechos humanos protegidos por la Constitución, y deberán estar encaminadas a que las actividades económicas del Estado no se detengan; pero en caso que la magnitud de la emergencia obligue a medidas extremas, como las que hoy tenemos, se cuente con los incentivos fiscales y económicos necesarios que garanticen la estabilidad financiera del Estado”, expresó.

En la Ley de Emergencia Económica también se establece el otorgamiento de incentivos fiscales como:

Subsidio al ISN y pago en derechos estatales y municipales, aportaciones económicas de hasta el 100 por ciento de contratos de arrendamiento y pagos parciales de créditos flexibles para el pago de sueldos, entre otros.

Por último, dijo que cuando la Declaratoria implique suspensión de labores, se estará a lo dispuesto a la Ley Federal del Trabajo.

“Las trabajadoras en período de gestación o lactancia no sufrirán perjuicio en su salario, prestaciones y derechos. Los trabajadores menores de 18 años no sufrirán perjuicio en su salario, prestaciones y derechos.

“El patrón estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes. A lo cual se podrá hacer uso del Fondo que contempla la ley”, concluyó.

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