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Define CEE lineamientos para Candidaturas Independientes

Aspirantes a Gobernador deberán tener apoyo del 3% de lista nominal

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El Consejo General de la Comisión Estatal Electoral, aprobó este jueves los lineamientos que regularán las Candidaturas Independientes de cara al próximo proceso electoral 2014-2015.

Dentro de la misma sesión se aprobó la Convocatoria para participar en éstas, en las elecciones del próximo 7 de junio.

De igual forma se mencionaron  los derechos con los que cuentan los aspirantes a contender en los comicios del 2015, entre los que se encuentran: el participar en la etapa de obtención del respaldo ciudadano, obtener financiamiento privado para sus actividades, presentarse ante los ciudadanos como aspirante a candidato independiente y solicitar su respaldo; realizar actividades y utilizar propaganda en los términos permitidos a precandidatos de partidos y coaliciones; y designar representantes ante la Comisión para vigilar el proceso de obtención del respaldo ciudadano.

Sin embargo, así como cuentan con derechos, también tienen algunas obligaciones como: conducirse con irrestricto respeto, no aceptar ni utilizar recursos de procedencia ilícita para realizar actos para obtener el apoyo ciudadano, abstenerse de solicitar el voto del electorado y de utilizar en su propaganda cualquier alusión a la vida privada, calumnia que denigre a otros aspirantes, precandidatos, partidos políticos, instituciones públicas o privadas y terceros; y utilizar símbolos, signos o motivos religiosos o discriminatorios.

Quienes deseen participar como figuras independientes deberán incluir en su propaganda de forma visible, la leyenda: “Aspirante a Candidato Independiente”.

De igual forma es necesario que se abstengan de recibir apoyo en dinero o en especie de organizaciones gremiales, de partidos políticos, personas morales y de entes gubernamentales; y aportaciones y donaciones en efectivo; rendir el informe de ingresos y egresos ante la Comisión y respetar los topes de gastos fijados para obtener el apoyo ciudadano.

Entre otras cosas, es importante señalar que será necesario que aquellos aspirantes que actualmente desempeñen diversos cargos públicos, se deslinden de los mismos, en al menos 100 días naturales antes de la elección.

Los pasos a seguir por quienes buscan la obtención de su registro como Candidatos Ciudadanos, son los siguientes: presentar una solicitud, la cual estará disponible en la CEE, así como en la página web del mismo organismo www.ceenl.mx; dentro de los 30 días posteriores a la publicación de la Convocatoria en el Periódico Oficial del Estado.

En caso de buscar la participación dentro de la elección a Gobernador, la persona deberá presentarse de manera individual, en el caso de Diputados deberán hacerlo por fórmula, mientras que en el caso de los Ayuntamientos, se requiere que el registro se haga por planilla.

El Consejo General de la CEE, dio a conocer dentro de la misma Sesión que será este mismo organismo, el que resolverá sobre el registro de la postulación de los Candidatos Independientes, dentro de los 5 días siguientes a la presentación de las solicitudes.

 

Financiamiento y prerrogativas

De acuerdo a lo que marca el Artículo 203 de la Ley, las personas que aspiren a participar en una Candidatura Independiente tendrán acceso al financiamiento público y privado y prerrogativas.

Cabe mencionar que para su distribución serán considerados como un partido de nuevo registro.

Otro punto importante a destacar, es que el monto que le correspondería a un ente político nuevo se distribuirá entre todos los Candidatos Independientes de la siguiente manera: 33.3% se distribuirá de manera igualitaria entre los candidatos independientes al cargo de Gobernador.

El 33.3% se distribuirá de manera proporcional entre las fórmulas de candidatos al cargo de Diputado. Y 33.3% se distribuirá de manera proporcional entre las planillas de candidatos a integrantes del Ayuntamiento.

Los Candidatos Independientes sólo tendrán acceso a radio y tv en campaña electoral; esto con respecto a los tiempos en los medios de comunicación. Y según el tipo de elección, accederán a la radio y tv como si se tratara de un partido de nuevo registro, únicamente en el porcentaje que se distribuye en forma igualitaria a las entidades políticas.

A fin de que esto se realice se manera correcta, la Comisión Estatal Electoral, presentará una propuesta al Instituto Nacional Electoral, para poder distribuir el tiempo total de estos espacios en partes iguales para cada tipo de elección.

Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones que como administrador único en la materia corresponden a la autoridad electoral nacional.

 

Convocatoria para Gobernador

Aquellos aspirantes a Candidatos Independientes tendrán hasta el  8 de diciembre del 2014, para poder proporcionar la solicitud de intención, esto a partir de la publicación de la Convocatoria.

La solicitud deberá presentarse por fórmula y contendrá los datos básicos personales, la designación de un representante, así como del responsable del registro, administración y gasto de los recursos a utilizar en la obtención del respaldo ciudadano, y la persona responsable de presentar los informes del origen y destino de los recursos.

Así mismo deberán presentar el Acta Constitutiva donde conste la constitución de una Asociación Civil integrada con por lo menos el aspirante a Candidato Independiente, su representante legal y el encargado de la administración de los recursos de la candidatura.

Ser mexicano por nacimiento, nativo del Estado o con vecindad en el mismo, no menor de 5 años inmediatos anteriores al día de la elección, y tener cuando menos 30 años cumplidos el día de la elección.

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Con su propia realización de acciones, los aspirantes a Candidatos Independientes tendrán derecho a solicitar y obtener el respaldo de la gente, esto siempre y cuando no se adelanten a los tiempos, haciendo ver esto como actos anticipados de campaña.

El formato de la cédula para recabar el respaldo ciudadano deberá contener nombre, firma y clave de elector, folio o el número identificador de la credencial para votar con fotografía vigente, sobre la cual el aspirante recabará los apoyos de los ciudadanos.

El respaldo ciudadano será del 29 de diciembre de 2014 al 16 de febrero de 2015.

La cédula de respaldo de los aspirantes deberá contener la firma de una cantidad de ciudadanos que representen al menos el equivalente al 3% de la lista nominal del Estado, con corte al 30 de septiembre del año 2014, conformado por electores de por lo menos 26 Municipios del Estado. En total, 103 mil 294 apoyos.

El plazo para presentar la solicitud de registro de los aspirantes que tengan el derecho de hacerlo, será del 27 de febrero al 15 de marzo de 2015.

 

Convocatoria para Diputados

Con respecto a  los Candidatos Independientes que busquen participar  por una Diputación, las bases para su registro son las mismas para candidato a Gobernador, con las siguientes variantes:

La solicitud de intención deberá presentarse por formula debiéndose integrar por personas del mismo género como propietario y suplente.

Ser ciudadano mexicano por nacimiento, mayor de 21 años al día de la elección; y ser vecino del Estado, con residencia no menor de 5 años inmediatos anteriores a la fecha de la elección.

La cédula de respaldo que presenten los Aspirantes deberá contener la firma de una cantidad de ciudadanos que representen al menos el equivalente al 2% de la lista nominal correspondiente al distrito electoral respectivo, con corte al 30 de septiembre del año 2014.

 

Convocatoria para Ayuntamientos

En este caso son las mismas bases para Gobernador y Diputados, con las siguientes variantes:

La solicitud de intención deberá presentarse por planilla.

Ser mexicano por nacimiento, mayor de 21 años al día del registro definitivo como Candidato Independiente; tener residencia de no menos de 1 año, para el día de la elección en el Municipio en que ésta se verifique.

La cédula de respaldo que presenten los aspirantes deberá contener la firma de una cantidad de ciudadanos que representen al menos el equivalente al porcentaje que según corresponda, conforme a lo siguiente:

El 20% de la lista nominal del Municipio cuando ésta no exceda de 4 mil electores.

El 15% de la lista nominal del Municipio cuando ésta comprenda más de 4 mil uno electores pero no exceda de 10 mil.

El 10% por ciento de la lista nominal del Municipio cuando ésta comprenda más de 10 mil uno electores pero no exceda de 30 mil.

El 7% por ciento de la lista nominal del Municipio cuando ésta comprenda más de 30 mil uno electores pero no exceda de 100 mil.

El 5% de la lista nominal del Municipio cuando ésta comprenda más de 100 mil uno electores pero no exceda de 300 mil; y el 3% de la lista nominal del Municipio cuando ésta comprenda más de trescientos mil uno electores.

 

Designan a Héctor García Marroquín nuevo Secretario Ejecutivo

Antes de concluir la Sesión Extraordinaria, el Consejo  General de la CEE, también llevó a cabo  la designación  y toma de protesta del nuevo Secretario Ejecutivo del Organismo.

Se trata del Héctor García Marroquín,  quien a partir de esta fecha  estará al frente del cargo antes mencionado, por un periodo de seis años a partir de su designación.

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