Secciones

Aprueban en Comisión Ley de Participación Ciudadana

Por Maleny Contreras

Sobresale tema de la revocación de mandato

FOTO 1

Luego de realizarse modificaciones importantes al dictamen, las Comisiones Unidas de Gobernación y Legislación aprobaron por unanimidad la Ley de Participación Ciudadana, la cual incluye, entre otros temas, la figura de revocación de mandato.

La nueva ley, que permitirá realizar audiencias ciudadanas y consultas para calificar el actuar de Diputados, Alcaldes y Gobernador, estará integrada por nueve figuras, las cuales serán ejecutadas de acuerdo a los resultados que la ciudadanía haya percibido de lo realizado por los servidores públicos.

Dicha Ley, tenía más de 11 años siendo impulsada por organizaciones civiles, por lo cual, podría ser un parteaguas en el ejercicio de la ciudadanía para con los gobernantes.

María Concepción Landa García, Presidenta de la Comisión de Gobernación, afirmó que dentro de las figuras que estipula la nueva ley, aprobada en Comisión, permitirá a los ciudadanos tener más voz en temas de gobiernos, ahora con mayor apego a la trasparencia y la legalidad.

“Consulta ciudadana, consulta popular, la iniciativa popular, audiencia pública, contraloría ciudadana, presupuesto participativo, revocación de mandato; dentro de consulta popular está la de plebiscito y referéndum, serían las figuras”, comentó la legisladora por Movimiento Ciudadano.

Por su parte, Héctor García García, precisó que dentro de los beneficios que incluye la nueva ley, también se contempla la visita con los legisladores, a personas que presenten iniciativas en la Oficialía de Partes, para que expliquen las propuestas y metodología y se agilice el proceso legislativo.

“Ya no tendrá solamente un ciudadano el derecho de venir a Oficialía a presentar un documento que luego los Diputados queramos o no aprobar, sino, se le dará voz para que vengan a explicar su iniciativa”, señaló García

Pese a que la revocación de mandato será una nueva facilidad que tendrá la ciudadanía, esta no podrá llevarse a cabo sino hasta alcanzar el 10 por ciento de la lista nominal, para que posteriormente la situación sea revisada por la Comisión Estatal Electoral para determinar si procede o no la destitución.

 

Hoy es:
Síguenos
   
Publicaciones