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Suspende Corte actividades por el Coronavirus

Por Redacción

Contempla receso del 18 de marzo al 19 de abril; no correrán términos

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Debido a la problemática sanitaria derivada del Coronavirus COVID-19 que se vive actualmente en el País, la Suprema Corte de Justicia de la Nación acordó suspender sus actividades jurisdiccionales en el período comprendido del 18 de marzo al 19 de abril del presente año.

Esta decisión, que fue comunicada por el Máximo Tribunal del País, fue avalada por el Pleno que emitió el Acuerdo número 056/2020, de donde se desprende que en esta lapso no se llevarán a cabo sesiones, audiencia ni correrán los plazos procesales.

De este comunicado se desprende que habrá una guardia que se encargará de recibir las controversias constitucionales de carácter urgente en donde se solicite la suspensión.

Este acuerdo al que llegaron los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tiene que ver con las acciones emprendidas por el Gobierno Federal en materia de salud, específicamente sobre la sana distancia para evitar una mayor propagación del virus en los lugares mayormente concurridos.

La SCJN señala en el comunicado que esta decisión obedece a los esfuerzos por limitar la propagación de la pandemia y proteger el derecho humano a la salud de todas las personas.

EMITE CJF ACUERDO EN EL MISMO SENTIDO

Por su parte el Consejo de la Judicatura Federal emitió el acuerdo número 4/2020 en el mismo sentido, es decir, que se suspenden las actividades jurisdiccionales de los órganos del Poder Judicial de la Federación en el periodo comprendido del miércoles 18 de marzo al 19 de abril del 2020.

En el acuerdo respectivo se establece claramente que esta suspensión implica que no correrán los plazos procesales.

Sin embargo, el CJF hace la aclaración que esta medida no aplicará a los órganos jurisdiccionales que se encuentren de guardia y que será únicamente para la atención de casos urgentes.

Por otro lado, se establece también que entre el personal que deba de estar de guardia no se contemple a grupos vulnerables frente al virus como serían: los adultos mayores de 60 años, mujeres embarazadas o en lactancia, y personas con diabetes e hipertensión, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer e inmunodeficiencias.

Otro aspecto a considerar es que los órganos jurisdiccionales que se encuentren de guardia deberán de cumplir con un horario presencial del 9 de la mañana a 3 de la tarde, debiendo privilegiarse el trabajo a distancia con el uso de las herramientas tecnológicas.

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