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Aprueban Diputados presentar Controversia contra Sofía Velasco

Sube GLPAN Punto de Acuerdo que es respaldado por legisladores

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Al considerar como ilegal el nombramiento directo de Sofía Velasco Becerra, como Presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el Coordinador del Grupo Legislativo del PAN, en el Congreso del Estado, Arturo Salinas Garza, presentó un Punto de Acuerdo en el cual solicitó tramitar una Controversia Constitucional contra la nueva titular de dicha dependencia, mismo que fue aprobado por unanimidad por el Pleno.

Durante su intervención en Tribuna, el legislador albiazul expresó que solicita este tipo de procedimiento al ver que la Presidenta de la Comisión de Estatal de Derechos Humanos no cuenta con los requisitos indispensables para ocupar el puesto y al considerar que adolece de legalidad la designación que recayera en su persona.

Esta petición realizada por la bancada albiazul se dio minutos después de que el Gobernador Jaime Rodríguez Calderón, enviara un escrito al Congreso del Estado, donde designaba de manera directa a Sofía Velasco Becerra, como Presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

“Solicito la aprobación de éste Congreso para que sea presentado ante los Tribunales correspondientes, Controversia Constitucional respecto al ilegal nombramiento de Sofía Velasco Becerra como Presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en virtud de que no reúne los requisitos de elegibilidad para acceder al cargo, ya que el artículo 105 fracción I inciso h) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que es procedente cuando se susciten conflictos entre dos poderes de un mismo Estado sobre la constitucionalidad de los actos o disposiciones generales, y en este sentido por tratarse de un acto del Poder Ejecutivo del cual consideramos que adolece de la legalidad y constitucionalidad debida solicitamos la consecuente”, señaló Salinas Garza.

Explicó que esta Controversia se da porque Velasco Becerra fungió en las pasadas elecciones como Consejera Electoral en la Comisión Estatal Electoral, por lo que no puede acceder a un puesto público, ya que en la Ley Electoral en su artículo 90 indica que dichas personas no podrán ocupar dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, cargos en los poderes públicos o en las administraciones municipales en cuya elección hayan participado de manera directa.

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