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Determina CEE fechas límite de renuncia a militancia para reelección

Por Redacción

Para Diputados será el 28 de Febrero; Alcaldes el 29 de Abril del 2017

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Las fechas límite para que los Diputados locales y Alcaldes renuncien a su militancia, para poder reelegirse en el próximo proceso electoral (2017-2018), por un partido distinto al que se postularon en las elecciones del 2015, fueron avaladas de forma unánime por el Pleno de la Comisión Estatal Electoral (CEE), en Sesión Extraordinaria.

Los integrantes de la Comisión determinaron que el último día para la renuncia a la afiliación para Diputados locales será el 28 de febrero de 2017, mientras que el 29 de abril del mismo año, corresponderá llevar a cabo este procedimiento al Presidente Municipal, Síndicos y Regidores.

Lo anterior fue estipulado con base a la Ley, esto con la finalidad de otorgar certeza al tiempo que deberán considerar los servidores públicos que fueron electos en el año pasado, así lo dio a conocer en entrevista el Consejero Presidente de la CEE, Mario Alberto Garza Castillo.

“La legislación es muy clara en determinar que todo aquél representante ya sea Diputado o miembro de un Ayuntamiento que pretenda reelegirse por otro instituto político al que no milita, debe renunciar a su militancia a mitad de su mandato”, indicó.

Es importante mencionar que durante la misma Sesión, la CEE aprobó el Reglamento para la verificación de las firmas de apoyo ciudadano relacionado a los instrumentos de participación ciudadana, como son la consulta pública y revocación de mandato.

El Reglamento contiene 23 artículos, y consta de dos etapas, la Revisión de Requisitos y Verificación de Personas en Lista Nominal, en la que se procederá a verificar que los apoyos recabados reúnan los requisitos y las personas se encuentren inscritas en la lista nominal; y el Ejercicio Muestral, apartado que se encargará de corroborar la autenticidad del apoyo ciudadano, a través de visitas domiciliarias.

Otro de los puntos que fue avalado por el órgano electoral, es la expedición de los criterios para la verificación de las firmas del apoyo ciudadano, acorde también con la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Nuevo León.

Finalmente, cabe mencionar que en cumplimiento a una sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la CEE declaró por mayoría no aumentar el plazo para las organizaciones que buscan constituirse como partido político como lo solicitó Cruzada Ciudadana de Nuevo León, A.C., ya que contraviene con lo establecido en la Ley General de Partidos Políticos.

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