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Aprueban reformas a Ley de Transparencia

En materia de protección de datos personales que publican en internet

El Congreso del Estado aprobó modificaciones a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, relacionadas a la protección y seguridad de los datos personales que se publican en internet.

Los datos personales, además de contener la información que identifica a un individuo, describe aspectos más sensibles o delicados del mismo, como su forma de pensar, estado de salud, características físicas, entre otros.

La reforma, según explicó el Diputado Tomás Montoya Díaz, Presidente de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, modifica la forma en la que se publica la información en internet, estableciendo que toda persona tendrá derecho de acceso, corrección, rectificación y oposición de información pública, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su petición.

Con estas medidas, los resultados de la reforma constitucional serán todavía más vastos y profundos, pues el derecho de protección de datos personales quedará establecido en la ley.

De esta manera, los sujetos obligados al tratar los sistemas de datos, deberán observar los principios de consentimiento, información previa, finalidad, licitud, calidad de la información, confidencialidad y seguridad, así como proporcionalidad, máxima privacidad y responsabilidad.

La propuesta que produjo estas modificaciones fue presentada por Sergio Antonio Moncayo González, Comisionado Presidente de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, en donde se menciona que el uso extensivo de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones ha permitido que en muchas ocasiones, los datos personales sean tratados para fines distintos para los que originalmente fueron recabados, así como transmitirlos sin el conocimiento del titular, rebasando los límites de la esfera de privacidad de la persona.

El pasado 13 de marzo el Congreso del Estado reformó el artículo 15 de la Constitución en el que se establece que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos.

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