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Da CEE respuestas sobre lineamientos de paridad

Por Redacción

Analizan lineamientos con disposiciones constitucionales

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El Consejo General de la Comisión Estatal Electoral dio respuesta a la solicitud del Partido Acción Nacional para confirmar la viabilidad jurídica de la aplicación de los Lineamientos para garantizar la paridad de género en las próximas elecciones de Diputaciones y Ayuntamientos; en sesión extraordinaria virtual, este 27 de octubre.

En sus escritos presentados ante la CEE los días 23 y 24 de octubre, el PAN solicitó la confirmación de si la propuesta de postulación que realizó en su escrito para la conformación de los bloques poblacionales, así como en los sub bloques de competitividad alta, media y baja, cumple con lo ordenado en los referidos Lineamientos de paridad.

Cabe mencionar que, para dar respuesta al PAN, el organismo realizó un análisis de los Lineamientos de paridad, acorde a una interpretación armónica con las disposiciones constitucionales y legales al respecto.

En principio es importante señalar que los Lineamientos de paridad señalan que los partidos políticos deberán registrar un 50 por ciento de la totalidad de postulaciones que realicen a las presidencias municipales con géneros distintos, salvo en los casos de que el número sea impar, en dicho caso, la candidatura excedente corresponderá al género femenino; y que los 51 Ayuntamientos del Estado deberán ser distribuidos en 3 bloques poblacionales de conformidad con el número de regidurías que le correspondan a cada uno de ellos.

Además, indican que se dividirá cada bloque generado en 3 sub bloques de la forma siguiente: porcentajes de votación alta; porcentajes de votación media; y porcentajes de votación baja.

Asimismo, los Lineamientos de paridad establecen que los partidos deberán iniciar la asignación correspondiente en el bloque de mayor población, y así sucesivamente hasta agotar los bloques siguientes; luego, cada uno de los bloques poblacionales deberá ser divididos en 3 sub bloques de competitividad (alta, media y baja); y posteriormente, los partidos deberán de garantizar la paridad de género en cada bloque y sub bloque, evitando que las mujeres conformen de manera mayoritaria el sub bloque de más baja competitividad; y en este último caso, procurando la alternancia de género en el resto de los sub bloques con baja competitividad.

Finalmente, los Lineamientos disponen que la totalidad de las postulaciones deberán tener el 50 por ciento para cada género, salvo que la suma de la totalidad de las postulaciones resulte impar, en este supuesto la candidatura excedente se deberá asignar al género femenino.

Así, respecto a los cuestionamientos del PAN, la CEE consideró que su propuesta de postulación es acorde a lo señalado en los Lineamientos de paridad, pues si la postulación que presenta respeta la paridad y privilegia preponderantemente al género femenino, aunado a que se privilegia a la mujer de manera mayoritaria en 2 de los 3 sub bloques de competitividad alta con que cuenta dicho partido, es evidente que se aproxima más al fin útil y material del principio de paridad; siempre y cuando se sujete a la postulación de los 51 cargos a las Alcaldías, en los términos que plantea en su escrito.

Cumplen sentencia del TEENL

En la misma sesión, el organismo aprobó implementar acciones afirmativas para garantizar la representatividad de personas indígenas en la postulación de candidaturas para los Ayuntamientos de Apodaca, García, Ciénega de Flores, General Escobedo, General Zuazua, Guadalupe y Pesquería, al dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano JDC-066/2020, presentado por el ciudadano Galileo Hernández Reyes.

En un acuerdo que la CEE aprobó el pasado 30 de septiembre, en el que se avalaron las acciones afirmativas para personas indígenas, se estableció que los partidos y las candidaturas independientes deberán postular por lo menos una candidatura de persona o personas que se autodescriban indígenas, en los municipios de Ciénega de Flores, García y Escobedo.

Con el reciente ordenamiento del Tribunal, se modificó dicho acuerdo para incluir las acciones afirmativas también para Apodaca, Zuazua, Guadalupe y Pesquería, por cuestión poblacional indígena en éstos.

Asimismo, la Comisión instruyó a la Unidad de Participación Ciudadana de la CEE a realizar las gestiones necesarias para traducir a las lenguas indígenas Nahua, Huasteco y Zapoteco, el acuerdo en cuestión.

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