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Confirman negativa de Tesorería de negar información a ciudadano

Por Marcela Cortés

Concluye CTAINL que asiste la razón a Sujeto Obligado

Durante la 22ª Sesión Ordinaria de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, el Pleno del organismo refrendó la respuesta de la Tesorería del Estado, al resguardar una información que solicitaba un ciudadano, debido al sustento en una Ley federal.

Sergio Antonio Moncayo González, Comisionado Vocal de la CTAINL, comentó que en este caso no se puede actuar por parte de la Comisión de Transparencia, debido a que el marco normativo tiene limitantes cuando una ley secundaria reserva asuntos, como el caso que se presentó ante el Pleno.

El Comisionado Vocal señaló que el ciudadano solicitaba copias de las declaraciones anuales y de pagos profesionales de los ingresos por salarios y las prestaciones de los ingresos públicos del Estado, lo que dijo esté en reserva debido al Código Fiscal de la Federación.

“Esta Comisión una vez que analiza y estudia los argumentos de las partes, determina que la parte demandada acredita en autos, puesto que la información solicitada encuadra en una hipótesis contenida en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación y del Estado respectivamente, y el cual estatuye que el personal que intervenga en los diversos trámites relativos a aplicación de las disposiciones tributarias deben guardar absoluta reserva, específicamente en las declaraciones y datos que obren en su registro.

“Por eso esta Comisión tiene a bien, con el estudio que se hizo, confirmar la respuesta del sujeto obligado y mantener esta reserva de información de acuerdo a lo que nos manifiesta el Código Fiscal Federal”, explicó, Sergio Moncayo González.

Sin embargo, Guillermo Carlos Mijares Torres, Comisionado Presidente del organismo, mencionó que para el ciudadano queda la alternativa de irse a un juicio de amparo, alegando que el artículo del Código Fiscal es inconstitucional, pero esto queda fuera del ámbito de la CTAINL y estaría en manos de una instancia federal el exigir al sujeto obligado entregue la información.

“Cuando alguna ley da como reserva la información específica, entonces no se puede dar, ni se puede entregar a menos que alguien señale que ese artículo de esa ley es inconstitucional, pero si no fuera el caso así, pues se tiene que aceptar esa reserva de ley que señala el Código Fiscal”, expresó Mijares Torres.

De igual forma, en la misma Sesión Ordinaria, el Pleno de la CTAINL, resolvió otro procedimiento en donde se acordó ordenar la búsqueda y entrega de información por parte de la Secretaría de Desarrollo Urbano de Escobedo, a un ciudadano que solicitó copia certificada de la autorización del Fraccionamiento Paseo Real 2º Sector.

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